jueves, 27 de enero de 2011

EL DERECHO MERCANTIL DESDE LA HISTORIA

El Derecho mercantil
Por: Jaime Ramirez Ortega
Catedrático de la Universidad Francisco Gavidia

Es el conjunto de normas coercibles relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio entre comerciante. Uno de sus fundamentos es el libre comercio. Articulo 1 código de comercio
En la mayoría de las legislaciones, una relación se considera comercial, y por tanto sujeta al Derecho mercantil, si es un acto de comercio El derecho mercantil actual se refiere a estos actos, de los que lo son intrínsecamente, aunque en muchos casos el sujeto que los realiza no tenga la calidad de comerciante Art 14 y 16 c.c (sistema objetivo); sin perjuicio de ello, existen ordenamientos jurídicos en que el sistema es subjetivo, en base a la empresa (ente ficticio), regulando tanto su estatuto jurídico, como el ejercicio de la actividad giro económica, en sus relaciones contractuales que mantienen los empresarios entre ellos y frente a terceros.
El Derecho Mercantil es una rama especial del Derecho privado, mientras el Derecho civil se erige como Derecho común.

Prolegómenos del Derecho Mercantil

El surgimiento del Derecho mercantil lo podemos ubicar en el Código de Hammurabi (1691 Época Esclavista a d C), que entre otras cosas regula la asociación, el crédito y la navegación.
Vale decir que LA COMUNIDAD PRIMITIVA O COMUNISMO PRIMITIVO se dice así porque aquí nadie oprimía al otro , la propiedad era social , un trabajo colectivo, el consumo era en conjunto, aquí el hombre se enfrentaba con la naturaleza y que mejor que hacerlo en grupo, por tanto todo era de todos no existía la propiedad privada, ni la explotación del hombre por el hombre, porque no se había desarrollado la avaricia en el corazón del hombre, y la comunidad trabaja fabricando instrumentos de labranza y durante esa labor en grupo hubo la necesidad de comunicarse y el trabajo despertó la conciencia del hombre y la razón humana y en la revolución neolítica sobresale la agricultura y es decir la domesticación de la naturaleza se ve esto en las 5 grandes civilizaciones :Mesopotámica , China (arroz), India (plantas), Mezo América (maíz) y en los Andes (maíz y auquénidos).

Pero la misma ambición del hombre de querer acaparar lo lleva a otra etapa EL ESCLAVISMO donde surge la propiedad privada y el hombre se vuelve un articulo de comercio, pero este fenómeno no fue al igual en todo el mundo pues hubo un esclavismo masificado (EGIPTO), generalizado, oriental, andino (todos los ayllus); todos estos preservaron la comunidad, pero en Grecia y Roma se dio el esclavismo clásico grecorromano y a diferencia del otro esto fue la destrucción de la comunidad en donde se usaban a los prisioneros de guerra como esclavos aquí la fuerza de trabajo no es propiedad del trabajador si no del propietario , por tanto se considera que en estos tiempos se dieron las primeras formas de comercio , a través de la figura del trueque que es el intercambio de un bien por otro bien

Posteriormente surge EL FEUDALISMO la característica principal era la producción de la tierra era monopolizado por la clase dominante aquí hay una jerarquía y debajo de ellos esta los siervos (campesinos) sirvientes y artesanos. En esta etapa el señor feudal seguía siendo dueño de los medios de producción

Resalta también que en esta época reinaba la iglesia católica pues esta tenía poder y sanciona con penas a la desobediencia de las normas
En Europa hacen castillos y a sus alrededores están las aldeas (colonias) las cuales sirven al señor feudal por una pequeña tierra pagando una parte de sus frutos –rentas - al señor feudal para sobrevivir. Pero aquí también se encontraban los artesanos y/o mercaderes (mayormente judíos que viajaban por el mundo pues eran perseguidos por ser culpables de la muerte de Jesús) vendían cosas exóticas (vidrio porcelana) dejando de ser sitios autosostenible (vive de lo que produce)
Luego surge una nueva época denominada Moderna, Los mercaderes comenzaron a viajar para traer mercadería nueva y desconocida por el señor feudal, estos (Burgos) prosperaban hacían ferias entre los castillos y Vivian al orilla de los ríos y se empezaron a quedarse permanentemente y forman nueva ciudad llamándose los “Burgos” donde hacían talleres pues (los primeros salarios) las primeras letras de cambio y bancos (pues les robaban cuando iban a los puertos para la mercadería) acumulaban dinero a diferencia de los señores feudales que solo les importaba “las tierras” .Entre todo esto nacen los protestantes y se da la revolución campesina de Tomas Muntzer , otros como Juan Hus, Jachreria, y Rev. De burgueses-progresistas. Los señores feudales se endeudaban y ya no había ya los tributos y no podían solicitar ejércitos y se va a su decadencia. Dando paso a:


EL CAPITALISMO surgen las clases capitalista, proletariado y burguesa hay comercio e intercambio de cosas el orden económico resulta de un sistema mercantil y comercial y la importancia de la producción que da paso a la revolución industrial hay un desempeño y una función progresista alcanzo “productividad” en el trabajo que fue mas elevada que el feudalismo y hay un rápido desarrollo .Da lugar a la jerarquía de funciones entre empresario y obrero la clase dominante es la burguesía y el capitalismo esta en manos de las empresas y personas en particular.

La primera disciplina completa del Derecho mercantil nació en Francia, y fue la "Ordenanza del Comercio" de 1673, dictada bajo el régimen de Luis XIV.
Uno de los documentos históricos más importantes es el Código de Comercio Napoleónico, de 1802, que se extendió a todas las naciones conquistadas, llegando incluso su influencia a América Latina.

ANTECEDENTES DEL DERECHO MERCANTIL

En la compleja organización de la sociedad surge un fenómeno que se le conoce con el nombre de trueque, que tal vez en si mismo no puede ser calificado de mercantil, pero que tiene como consecuencia el comercio.

De esta manera surge el comercio, el cambio por el cambio: y junto la figura de los distintos oficios entre ellos el de comerciante, el hombre que se dedica a interponerse en el cambio de satisfactores. Se presume que este nació en Babilonia

En los sistemas jurídicos muy antiguos se encuentran preceptos que se refieren al comercio y que por lo tanto constituyen gérmenes del derecho mercantil. Vale la pena aclarar que los vestigios de esta disciplina la tenemos en las cuatro etapas de la evolución del hombre dando origen en la época primitiva una donde todo era de todos y nada era de nadie Vivian un verdadero comunismo trabajando de forma colectiva, posteriormente el hombre ha tenido siempre ese deseo en su corazón de acaparar y por esta razón surge otra etapa la cual es la esclavista donde el hombre es visto como un articulo de comercio ,surgiendo de esta manera la propiedad privada , y la caída del hombre desde el punto de vista de la soberbia y el orgullo , y comienza la explotación del hombre por el hombre , en esta epatado podemos notar que el comercio comienza con una incursión muy cruel y despiadada , por lo que posteriormente surge una mueva etapa la feudal donde el hombre ya no era mas un esclavo alcanzando de esta manera un status diferente , pero tampoco era un hombre libre , puesto que tenia que trabajar las tierras que el amo le había permitido tener en calidad de Mero tenedor , y todo lo que producían estas tierras la mitad de la cosecha le partencia al señor feudal , y adicionalmente tenia que producir la tierras que estaban a disposición del señor feudal y de esto no le pertenecía nada al vasallo , si Podemos apreciar nos daremos cuenta que en las dos ultimas etapas siempre hubo una apropiación de la mano de obra de forma indebida (teoría de la plusvalía) , por otra a parte estos hombre comenzaron a sentarse a la orilla de la rivera (Nueva Clase los Burgos), después que le pagan a sus amos con su trabajo les daban la libertad y de esta formo estos comenzaron atrabajar y viajar a otras parte donde traían de otras tierras lino fino , piedras preciosas y comenzaron una nueva forma de hacer el comercio por medio de la importaciones , y comenzaron a enriquecerse vendiéndoles toda esta mercancía al señor feudal , y perdiendo de esta manera poder los que eran dueños del modo de producción , y surgiendo una clase dominante los Burgos , dando origen a la nueva etapa la época Moderna y el comienzo de la industrialización y las nuevas forma de tratar a los trabajadores a través de los derechos sociales y la sindicalización

La creación de los grandes estados nacionales al comenzar la Edad Moderna va aparejada, como es obvio, a la decadencia de los gremios de mercaderes que habían llegado a asumir facultades propias del poder publico.

Un acontecimiento de gran importancia en la historia del derecho mercantil es la promulgación por Napoleón del Código del Comercio francés, que entro en vigor en el año de 1808. Con este código se vuelve predominante objetivo es el de realizar actos de comercio, y no la cualidad de comerciante, lo que termina la competencia de los tribunales mercantiles y la aplicación del código, pero el elemento subjetivo no deja de influir en cuanto se presumen mercantiles los actos realizados por un comerciante.

Existe también el Código de Comercio para el Imperio Alemán, que entro en vigor en el año de 1900 y este se encarga de regir a los comerciantes: por lo que se hace predominante el carácter subjetivo que había tenido en sus principios el derecho mercantil.


En la historia del derecho mercantil vuelven a aparecer los caracteres que se habían presentado en sus orígenes: derecho privado unificado como en Roma; derecho subjetivo como en el Medioevo.

En la Nueva España, se imitaron las instituciones jurídicas comerciales de la metrópoli, y hacia el año de 1581 los mercaderes de la ciudad de México construyeron su universidad que fue autorizada por real cédula de Felipe II.
El consulado tenía funciones administrativas, para la protección y fomento del comercial, y en ejercicio de ellas llevo a término las empresas de utilidad social (canales, carreteras, edificios) y sostuvo un regimiento, la designación de cuyos jefes y oficiales eran atribución del propio Consulado.

La facultad de legislar en materia de comercio se confirió al Congreso Federal a consecuencia de la reforma que se hizo, por ley del 14 de diciembre de 1883, a la fracción X del articulo 72 de la Constitución En virtud de esta reforma se elaboro, con carácter federal, un nuevo código de comercio que comenzó a regir el 20 de julio de 1884.

El 22 de agosto de 1885, se promulgó un nuevo código, que habría de entrar en vigor en todos los territorios del Reino de España, el l° de enero de 1886.
En el año de 1889 se promulgo en la República Mexicana un nuevo Código de Comercio, y que entró en vigor el l° de enero de 1890.

El Código de 1889 aun no ha sido abrogado, aunque si se han derogado muchos preceptos por las siguientes leyes actualmente en vigor Ley de Títulos y operaciones de Crédito (26 de agosto de 1932); Ley de Sociedades Mercantiles (28 de julio de 1934); Ley sobre el Contrato de Seguro (26 de agosto de 1935), y Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos (31 de diciembre de 1942).

La evolución histórica nos lleva a la conclusión de que atendiendo a la manera en que cada derecho positivo enfoca la regulación de las relaciones comerciales, pueden distinguirse dos tipos fundamentales de sistemas jurídicos, a saber: países de derecho privado unificado, y piases de derecho privado diferenciado en derecho civil y mercantil.

Dentro de los países cuyo derecho privado es único, cabe distinguir aquellos en los cuales, por tener en ellos preponderancia el derecho consuetudinario la unidad proviene de la costumbre, que no ha separado lo comercial de lo civil, de aquellos otro en los cuales la ley es fuente única, en la creación del derecho, por lo cual la unidad es producto de un acto legislativo, y representa así más que falta de distinción, la fusión de dos ramas preexistentes. En el primer caso se encuentran los Estados Unidos e Inglaterra, por esta razón se le llama de tipo anglosajón a los sistemas jurídicos que ofrecen tales caracteres. Fue en Suiza donde se dicto primero un código de obligaciones aplicable tanto en la materia civil como en la mercantil.
Hasta ahora se han considerado tipos jurídicos históricamente realizados, pero cabe añadir una variante al tipo subjetivo, la que se basara no en la figura del comerciante, sino en la empresa. Dentro del tipo objetivo puede distinguirse el que se basa en el acto de comercio, que abarca los tres subtipos, y el que se fundara en la cosa mercantil.

Características del Derecho mercantil

Hay cinco características definitorias básicas:
• Es un derecho que se ejerce en masa por empresa y de forma profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los Comerciantes (Personas Naturales y Jurídicas art. 2 y 3 c.c )
• Es un derecho individualista; al ser una parte del derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos.
• Es un derecho consuetudinario ya que a pesar de estar codificado se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes y usos mercantiles fuente del DM
• Es un derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el derecho mercantil ha de ir actualizándose.
• Es un derecho global/internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización internacional. Así tenemos a UNCITRAL de las Naciones Unidas, UNIDROT, a la Cámara de Comercio Internacional de París que desarrolla los Incoterm (cláusulas que con carácter internacional se aplican a las transacciones internacionales), la Asociación Legal Internacional y el Comité Marítimo Internacional. De los cuales el Salvador es miembro

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